¡Hola! Bienvenido a nuestro portal CREG 174.

En este espacio podrás adelantar el trámite de solicitud de conexión de tu proyecto de manera rápida y sencilla. Pero antes, queremos que conozcas acerca de la Resolución CREG y las condiciones que debes tener en cuenta si eres un solicitante.

Aquí te contamos:

La Resolución CREG 174, fue publicada por la CREG el 22 de noviembre de 2021. En ella "se regulan las actividades de autogeneración a pequeña escala y de generación distribuida en el Sistema Interconectado Nacional"; y se establece las condiciones que debe tener en cuenta un usuario, como tú, para la aprobación de solicitudes de conexión de un proyecto.

Las condiciones son las siguientes:

* El sistema de medida bidireccional para sistemas de auto-generación debe cumplir con las especificaciones técnicas de la NORMA DE MEDIDA CELSIA TOLIMA y con los demás requerimientos establecidos en el código de medida (Resolución CREG 038 de 2014)

* Para dispositivos o elementos que no estén cobijados por el RETIE, se requiere el Certificado de conformidad de producto bajo norma internacional o norma reconocida (ejemplo estándares UL 1741 o IEC 61727). Para certificar esta información se tiene plazo hasta antes de entrar en operación, conforme las reglas del RETIE y del artículo 14 de la Resolución CREG 174 de 2021. (Puedes dar clic en la opción CIRCULAR CREG 021-22 en la parte inferior de la pantalla para saber más sobre este punto)

* También necesitas el dictamen de inspección y verificación de cumplimiento RETIE, en AC y DC para los sistemas de generación basado en inversores, emitido por una entidad acreditada por el ONAC.

* Es importante igualmente, que cumplas con los requerimientos de protecciones definidos por el CNO en su Acuerdo 1522 de 2022 o aquel que lo modifique o sustituya.
(Haz clic en el botón ACUERDO CNO 1522 para que conozcas más información).

* Si te encuentras registrado en una de las fronteras comerciales para agentes y usuarios, según lo que dicta el parágrafo del artículo 14 de la Resolución CREG 156 de 2011; debes cumplir con lo estipulado en la Resolución CREG 174 de 2021.

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Correo electrónico de contacto: servicioalcliente@celsia.com, planeacionre@celsia.com

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